Abogados especializados en la Ley Jones a la defensa del trabajador lesionado

El personal marítimo ha contado con la Ley Jones (Jones Act) desde la década de los treinta, cuando la necesidad de una ley uniforme que protegiera los derechos de los marineros y obreros petroleros fue tan grande que el Congreso se vio obligado a actuar. Los trabajadores que se lesionan en una nave, en una vía o canal navegable dentro del ámbito y curso de su trabajo pueden contar con la Ley Jones para responsabilizar al empleador de sus daños y perjuicios.

Los abogados del bufete Gordon, Elias & Seely, L.L.P. trabajan con marineros y estibadores desde los puertos pesqueros de Alaska hasta la costa del Golfo de México con su riqueza petrolera. Nuestro objetivo es emplear toda la fuerza de la Ley Jones para ayudar a los trabajadores marítimos a obtener la compensación que usted y su familia necesiten.

Trabaje con un abogado que tenga experiencia en la Ley Jones.

Los abogados de Gordon, Elias & Seely, L.L.P. cuentan con docenas de años combinados de experiencia y éxito en la representación de clientes que se acogen a la Ley Jones y al derecho marítimo. Nuestra firma de abogados atiende casos en todo el país y por lo tanto se ha especializado con gran eficacia en las lesiones sufridas a bordo de naves tales como:

Cuando se ha lesionado en el mar

Al ofrecer servicios completos en materias relacionadas al derecho marítimo nuestras oficinas también pueden ayudar a aquellos clientes que estén cubiertos por la Ley Jones. La Ley Jones impone restricciones sobre quiénes están cubiertos por ella. Podemos ayudar a los marineros y otro personal marítimo a obtener compensación que no esté cubierta por la Ley Jones, lo que incluye reclamaciones de los estibadores a terceros y a los trabajadores cubiertos por la Ley de Compensación para Estibadores y Trabajadores Portuarios.

Le podemos brindar la ayuda que usted necesita.

La firma de abogados Gordon, Elias & Seely, L.L.P. tramita todos los casos de la Ley Jones sujetos a condición o cuota litis. O sea, si no se obtiene una indemnización, no se cobran honorarios. En aquellos estados en los que las reglas de ética lo permiten, les podemos proporcionar a nuestros clientes un anticipo, sin interés, para los gastos de subsistencia razonables y necesarios. La prescripción para las reclamaciones de la Ley Jones es de tres años. Si usted se ha lesionado o lastimado en un accidente marítimo, es mejor actuar pronto y no dejarlo para más adelante.

Contacte nuestras oficinas si usted se ha lesionado

Si se ha lesionado durante su trabajo en el mar, usted necesita entender sus derechos y opciones con referencia a la Ley Jones y otras leyes del derecho marítimo. Nuestros abogados les brindan apoyo a los trabajadores del mar en todos los Estados Unidos. Llame a nuestras oficinas hoy mismo al 800-773-6770 o contáctenos en la Internet. Podrá hablar con un abogado especializado en la Ley Jones dentro de los 30 minutos de completar el formulario en línea. Investigue si podemos utilizar nuestra experiencia y resultados comprobados para respaldar su reclamación por lesiones marítimas o en virtud de la Ley Jones.

Gordon, Elias & Seely, L.L.P.
Abogados especialistas en lesiones cubiertas por la Ley Jones.

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